I. ANTECEDENTES
I.1 Actuados procesales relevantes Que, corresponde efectuar una somera relación de los principales actuados procesales, a fin de resolver conforme a derecho el conflicto de competencia formulado por la Jueza Agroambiental de Sucre; en ese sentido, se tiene: De fs. 70 a 72 vta. de obrados, cursa memorial de demanda de desalojo por avasallamiento respecto a la propiedad denominada "Ex Fundo Thaq'os" de una superficie de 31,0080 ha, disgregada en dos parcelas de 5,0163 ha y 25,9917 ha, respectivamente, según planos y Testimonio de venta judicial N° 464/2014 de 19 de marzo de 2014, dirigiendo la demanda contra Andrés Maturano Pinto, Macedonio Lázaro Puma y Gregoria Puma Padilla de Lázaro. Mediante decreto de 23 de enero de 2020 cursante a fs. 73 vta. de obrados, el Juez Agroambiental de Tarabuco, observa la demanda, señalando que la documentación aparejada consistente en la Sentencia Agroambiental Nacional S1a N° 80/2017 de 4 de agosto, que declara probada la demanda y por consiguiente la nulidad de los títulos ejecutoriales SPPNAL-188996 y 1890013, y la Sentencia N° 05/2018, que dispone la nulidad de las transferencias emitidas en virtud a los mencionados títulos ejecutoriales anulados, ninguna de dichas sentencias otorgaría derecho propietario al actor Iber Carvajal Moya, por lo que dispone que previo a la admisión de la demanda, el mismo acredite derecho propietario conforme a la legislación. El impetrante interpone recurso de reposición contra el decreto de 23 de enero de 2020 cursante a fs. 73 vta. de obrados; mismo que es resuelto por el Juez Agroambiental de Tarabuco mediante Auto de "29 de enero de 2019", cursante de fs. 77 a 78 de obrados, confirmando y manteniendo el proveído de observación de demanda objeto de impugnación. Iber Carvajal Moya mediante memorial cursante a fs. 80 y vta. de obrados, solicita pronunciamiento expreso de la autoridad judicial con relación a la advertencia de declarar por no presentada la demanda, en caso de que en tres días no presente el título de propiedad emitido por el INRA; en respuesta a ello el Juez Agroambiental de Tarabuco emite el Auto de 12 de febrero de 2020, cursante a fs. 81 de obrados, mediante el cual tiene por no presentada la demanda. El impetrante interpone recurso de casación contra el Auto de 12 de febrero de 2020, mediante memorial de fs. 83 a 85 vta. de obrados, el mismo que una vez concedido es