I. Antecedentes procesales
De la revisión de los antecedentes del expediente contencioso administrativo se tiene los siguientes actuados procesales agroambientales y constitucionales:
I.1. De fs. 155 a 161 vta. de obrados, cursa Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a N° 35/2019 de 6 de mayo de 2019, que declara "improbada" la demanda contenciosa administrativa y mantiene firme y vigente la Resolución Suprema N° 19816 de 27 de octubre de 2016.
I.2. De fs. 177 a 182 de obrados, cursa Resolución N° 102/2019 de 9 de diciembre de 2019, emitida por la Sala Constitucional Primera de Trinidad - Beni, que "concede en parte" la tutela, dejando sin efecto la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a N° 35/2019 de 6 de mayo de 2019, disponiendo se dicte una nueva resolución agroambiental.
I.3 . En cumplimiento de la resolución constitucional, de fs. 217 a 228 vta. de obrados, cursa Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a N° 26/2020 de 15 de diciembre de 2020, que resuelve declarar improbada la demanda contenciosa administrativa, manteniendo firme y subsistente la Resolución Final de Saneamiento impugnada.
I.4. De fs. 244 a 256 de obrados, cursa Sentencia Constitucional Plurinacional 1235/2022-S4 de 22 de septiembre de 2022 (copia simple), cuya resolución se encuentra inserta en el Sistema de Información Constitucional del Tribunal Constitucional Plurinacional, misma que resuelve revocar la Resolución N° 102/2019 de 9 de diciembre de 2019, emitida por la Sala Constitucional Primera de Trinidad - Beni, que "concede en parte" la tutela y por consiguiente deniega la tutela en parte concedida, bajo el fundamento de que las autoridades accionadas al emitir la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a N° 35/2019 de 6 de mayo de 2019, ajustaron su accionar a los marcos de objetividad y razonabilidad, atendiendo la normativa agraria, dictando con la suficiente fundamentación, motivación y congruencia, no siendo evidente la vulneración del debido proceso en los elementos citados ut supra.