SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
AUTO SUPREMO No. 134-Social (Desistimiento) Sucre, 15 de junio de 2001.
DISTRITO: Pando
PARTES: Julio Rocha Díaz c/ Servicio Nacional de Caminos.
VISTOS: El memorial de desistimiento, de fs. 57, presentado por Julio Rocha Díaz y Eduardo Shimokawa Toranzo, este último representante del Servicio Nacional de Caminos, mas el convenio transaccional suscrito entre las partes adjunto en el expediente, del proceso por cobro de Beneficios Sociales seguido por Julio Rocha Díaz, contra el Servicio Nacional de Caminos; la opinión del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 68, se ACEPTA simple y llanamente el desistimiento de conformidad al Art. 307 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y devuélvase.
Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Dr. Carlos Rocha Orosco.
Sucre, 15 de junio de 2001.
roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
AUTO SUPREMO No. 134-Social (Desistimiento) Sucre, 15 de junio de 2001.
DISTRITO: Pando
PARTES: Julio Rocha Díaz c/ Servicio Nacional de Caminos.
VISTOS: El memorial de desistimiento, de fs. 57, presentado por Julio Rocha Díaz y Eduardo Shimokawa Toranzo, este último representante del Servicio Nacional de Caminos, mas el convenio transaccional suscrito entre las partes adjunto en el expediente, del proceso por cobro de Beneficios Sociales seguido por Julio Rocha Díaz, contra el Servicio Nacional de Caminos; la opinión del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 68, se ACEPTA simple y llanamente el desistimiento de conformidad al Art. 307 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y devuélvase.
Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Dr. Carlos Rocha Orosco.
Sucre, 15 de junio de 2001.
roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.