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    Auto Supremo AS/0142/2001
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0142/2001

    Fecha: 06-Jul-2001

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    • AUTO SUPREMO No. 142-C. Tributario Sucre, 06 de Julio de 2001
    • PARTES: Cooperativa de Servicios Telefónicos Tarija Ltda. "COSETT Ltda." c/ Ministerio de Hacienda
    • RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
    • CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda a fs
    • CONSIDERANDO: Que el representante legal del Ministro de Hacienda y Vice Ministro del Tesoro y
    • Que, a su vez, el recurso interpuesto por los personeros de COSETT acusa error de
    • CONSIDERANDO: Que examinados los recursos interpuestos y los antecedentes del proceso se establece lo siguiente
    • Sobre éste particular resulta correcta la apreciación del A quo respecto a la invalidez de
    • Tal como se evidencia del texto de la R
    • Sobre la impugnación del recurrente representante del Ministerio de Hacienda y Vice Ministerio de Tesoro
    • En autos se advierte que la sentencia refrenda el criterio emitido por el personal técnico
    • Examinados los informes de ambos peritos (liquidación según pólizas, fs
    • Este criterio del juez A quo, resulta evidentemente contradictorio e incompatible con la parte resolutiva
    • Siendo evidentes las contradicciones incurridas tanto por la administración en la determinación inicial de los
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
    • Regístrese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
    • Dr. Carlos Rocha Orosco
    • Sucre, 06 de Julio de 2001
    • roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara Sala Social y Administrativa Primera.

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