SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO No. 143-Social (Desistimiento) Sucre,06 de julio de 2001.
DISTRITO: Pando
PARTES: Nazareth Romero Jamal c/ Servicio Nacional de Caminos.
VISTOS: El memorial de desistimiento, de fs. 72, presentado por Nazareth Romero Jamal y Eduardo Shimokawa Toranzo a fs. 67, este último representante del Servicio Nacional de Caminos, mas el convenio transaccional suscrito entre las partes adjunto en el expediente, del proceso por cobro de Beneficios Sociales seguido por Nazareth Romero Jamal, contra el Servicio Nacional de Caminos; la opinión del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 71, se ACEPTA simple y llanamente el desistimiento de conformidad al Art. 307 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y devuélvase.
Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco.
Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Sucre, 06 de julio de 2001.
Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara Sala Social y Administrativa Primera.
AUTO SUPREMO No. 143-Social (Desistimiento) Sucre,06 de julio de 2001.
DISTRITO: Pando
PARTES: Nazareth Romero Jamal c/ Servicio Nacional de Caminos.
VISTOS: El memorial de desistimiento, de fs. 72, presentado por Nazareth Romero Jamal y Eduardo Shimokawa Toranzo a fs. 67, este último representante del Servicio Nacional de Caminos, mas el convenio transaccional suscrito entre las partes adjunto en el expediente, del proceso por cobro de Beneficios Sociales seguido por Nazareth Romero Jamal, contra el Servicio Nacional de Caminos; la opinión del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 71, se ACEPTA simple y llanamente el desistimiento de conformidad al Art. 307 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y devuélvase.
Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco.
Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Sucre, 06 de julio de 2001.
Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara Sala Social y Administrativa Primera.