SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I
AUTO SUPREMO No. 149-Social (Desistimiento) Sucre, 23 de julio de 2001.
DISTRITO: Chuquisaca
PARTES: Víctor Sánchez Sea c/ FANCESA.
VISTOS: En mérito al memorial presentado por el demandante Víctor Sánchez Sea cursante a fs. 189 y el presentado por el Gerente General de Fancesa, cursante a fs. 198 acompañando poder suficiente No. 120/2001 y Resolución de Directorio de Fancesa No. 01-04-2001 de 17.04.01, por apersonado Gonzalo Arce Arancibia y se ACEPTA, simple y llanamente el desistimiento del recurso de casación de conformidad al Art. 307 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto a la acción ejercitada por el demandante.
Regístrese y devuélvase.
Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Dr. Carlos Rocha Orosco.
Sucre, 23 de julio de 2001.
Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara Sala Social y Administrativa Primera.
AUTO SUPREMO No. 149-Social (Desistimiento) Sucre, 23 de julio de 2001.
DISTRITO: Chuquisaca
PARTES: Víctor Sánchez Sea c/ FANCESA.
VISTOS: En mérito al memorial presentado por el demandante Víctor Sánchez Sea cursante a fs. 189 y el presentado por el Gerente General de Fancesa, cursante a fs. 198 acompañando poder suficiente No. 120/2001 y Resolución de Directorio de Fancesa No. 01-04-2001 de 17.04.01, por apersonado Gonzalo Arce Arancibia y se ACEPTA, simple y llanamente el desistimiento del recurso de casación de conformidad al Art. 307 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto a la acción ejercitada por el demandante.
Regístrese y devuélvase.
Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Dr. Carlos Rocha Orosco.
Sucre, 23 de julio de 2001.
Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara Sala Social y Administrativa Primera.