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    Auto Supremo AS/0430/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0430/2002

    Fecha: 06-Nov-2002

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    • CONSIDERANDO: Que según la jurisprudencia establecida por el Supremo tribunal, para la admisibilidad del recurso
    • Del análisis de los actuados procesales se evidencia que el recurrente, en el recurso de
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
    • No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff por encontrarse ausente con licencia
    • Devuélvase actuados al tribunal de alzada
    • Fdo.- Dr. Jaime Ampuero García
    • Dr. Héctor Sandoval Parada
    • Sucre, 6 de noviembre de 2002
    • Proveído: Dr. David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.

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