SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I
AUTO SUPREMO No. 206/01-Social (Complementario) Sucre, 28 de febrero de 2002.
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Felix Casto López Abelo c/ Jaime Pérez Ticona.
Se regula el honorario profesional del abogado patrocinante de Felix Casto López Abelo en la suma de Bs. 2000, de acuerdo con el Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales aprobado por el Colegio de Abogados de Chuquisaca, monto cuya cancelación se dispondrá por el Juzgado de Origen.
Regístrese y devuélvase.
Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Dr. Carlos Rocha Orosco.
Sucre, 28 de febrero de 2002.
Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
AUTO SUPREMO No. 206/01-Social (Complementario) Sucre, 28 de febrero de 2002.
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Felix Casto López Abelo c/ Jaime Pérez Ticona.
Se regula el honorario profesional del abogado patrocinante de Felix Casto López Abelo en la suma de Bs. 2000, de acuerdo con el Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales aprobado por el Colegio de Abogados de Chuquisaca, monto cuya cancelación se dispondrá por el Juzgado de Origen.
Regístrese y devuélvase.
Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Dr. Carlos Rocha Orosco.
Sucre, 28 de febrero de 2002.
Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.