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    Auto Supremo AS/0233/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0233/2002

    Fecha: 17-Jul-2002

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    • AUTO SUPREMO N° 233 Sucre, 17 de julio de 2002
    • RELATOR : Ministro doctor Kenny Prieto Melgarejo
    • CONSIDERANDO: Que en la especie tanto la demanda principal cuanto la reconvencional se basan en
    • La prueba debe ser apreciada y valorada en su conjunto conforme a la sana crítica,
    • Que con relación al acuerdo transaccional éste ha sido demandado de anulabilidad por el esposo,
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Se regula en Quinientos bolivianos el honorario de abogado, debiendo mandar su pago el tribunal
    • Regístrese y devuélvase
    • Proveído : Sucre, 17 de julio de 2002
    • Dra. Teresa Rosquellas Fernández
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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