SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I
AUTO SUPREMO No. 143-Social-(Complementario) Sucre, 26 de julio de 2002.
DISTRITO: Potosí
PARTES: Nancy Zambrana Cruz c/ Planta de Volatilización "La Palca" dependiente de la "COMIBOL".
VISTOS: Al amparo de lo previsto por el Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales aprobado por el Colegio de Abogados de Chuquisaca, para este tipo de recursos, se regula el honorario de abogado en la suma de Bs. 2000.-
Se comisiona la tasación de costas y la cancelación de las mismas así como el honorario regulado en 3ro. día en observancia del art. 201 del Código de Procedimiento Civil al Juzgado de origen.
Ofíciese a la Corte Superior del Distrito de Potosí al fin impuesto.
Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Dr. Carlos Rocha Orosco.
Sucre, 26 de julio de 2002.
Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
AUTO SUPREMO No. 143-Social-(Complementario) Sucre, 26 de julio de 2002.
DISTRITO: Potosí
PARTES: Nancy Zambrana Cruz c/ Planta de Volatilización "La Palca" dependiente de la "COMIBOL".
VISTOS: Al amparo de lo previsto por el Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales aprobado por el Colegio de Abogados de Chuquisaca, para este tipo de recursos, se regula el honorario de abogado en la suma de Bs. 2000.-
Se comisiona la tasación de costas y la cancelación de las mismas así como el honorario regulado en 3ro. día en observancia del art. 201 del Código de Procedimiento Civil al Juzgado de origen.
Ofíciese a la Corte Superior del Distrito de Potosí al fin impuesto.
Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Dr. Carlos Rocha Orosco.
Sucre, 26 de julio de 2002.
Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.