Auto Supremo AS/0370/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0370/2002

Fecha: 23-Jul-2002

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I

AUTO SUPREMO No. 242-Social(Complementario) Sucre, 23 de julio de 2002.

DISTRITO: Chuquisaca

PARTES: Janeth Daysi Espino Gómez c/ U.M.R.P.S.F.X.CH.




VISTOS: Al amparo de lo previsto por el Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales aprobado por el Colegio de Abogados de Chuquisaca, para este tipo de recursos, se regula el honorario de abogado en la suma de Bs. 2000.-

Se comisiona la tasación de costas y la cancelación de las mismas así como el honorario regulado en 3ro. día en observancia del art. 201 del Código de Procedimiento Civil al Juzgado de origen.

Regístrese y Hágase Saber.

Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco.

Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.

Sucre, 23 de julio de 2002.

roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
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