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    Auto Supremo AS/0345/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0345/2002

    Fecha: 24-Sep-2002

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    • AUTO SUPREMO No. 345-Social Sucre, 24 de septiembre de 2002
    • PARTES: Juan de la Cruz Fernández Olivares c/ Corporación Gestora del Proyecto Abapó Izozog (CORGEPAI)
    • RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
    • CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda de fs
    • CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales, y valoración de las pruebas aportadas, se
    • Extremo que, pese a su reclamo en apelación, no fue considerado por el Tribunal Ad
    • Siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde abrir la competencia de éste Tribunal
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Fue de voto disidente el Dr
    • Para formar Resolución interviene la Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez, Ministra de la Sala Civil
    • Relator: Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
    • Regístrese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
    • Dr. Carlos Rocha Orosco
    • Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dr. Freddy Reynolds Eguía
    • Sucre, 24 de septiembre de 2002
    • roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.

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