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    Auto Supremo AS/0338/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0338/2003

    Fecha: 28-Oct-2003

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    • RESULTANDO: Que revisado el proceso se tiene que el Juez A quo pronuncia un auto
    • En apelación deducida contra esta resolución por el actor, la Sala Civil Segunda de la
    • CONSIDERANDO: Que el art
    • Que el vocablo sobreviniente que utiliza el anterior precepto, sirve para calificar a hechos o
    • De otro lado, se sabe que las resoluciones pronunciadas en ejecución de sentencia son apelables
    • CONSIDERANDO: Que en la especie la cosa juzgada traída como excepción sobreviniente no es tal
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo
    • No se regula honorario de abogado, por no constar contestación al recurso
    • La Ministra Dra
    • Para formar resolución interviene el Ministro de la Sala Penal Dr
    • Ministro Relator: Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Proveído : Sucre, 28 de octubre de 2003
    • Dra. Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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