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    Auto Supremo AS/0078/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0078/2003

    Fecha: 20-Feb-2003

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    • AUTO SUPREMO N° 78 Sucre, 20 de febrero de 2003
    • DISTRITO : Chuquisaca JUICIO : Ordinario - División y partición de inmuebles
    • RESULTANDO: Que el auto de vista impugnado conforme al exordio, confirma plenamente la sentencia de
    • El primer recurso de casación en el fondo acusa la violación del parágrafo II del
    • El segundo, observa no habérsele permitido sacar el expediente para fundar su apelación diferida dispuesta
    • Que así expuestos ambos recursos, se los pasa a resolver dentro del encaje previsto en
    • CONSIDERANDO: Que la presente litis versa según la demanda de fs
    • Así se ha establecido en el auto de relación procesal de fs
    • Se ha probado que Corina Vaca Guzmán Zelaya es también hermana sólo por línea paterna
    • Que los herederos simplemente legales o colaterales tienen vocación hereditaria a falta de forzosos y
    • En consecuencia, no estando en discusión ni ser parte del "thema decidendum" la filiación de
    • CONSIDERANDO: Que en toda sucesión hereditaria cuando se procede a la división y partición del
    • En cuanto al segundo recurso, éste deviene en improcedente por disposición de los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Se regula el honorario de abogado en la suma de Un mil bolivianos que las
    • Regístrese y devuélvase
    • Proveído : Sucre, 20 de febrero de 2003
    • Dra. Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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