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    Auto Supremo AS/0212/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0212/2003

    Fecha: 16-Jun-2003

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    • MINISTRO RELATOR: Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • RESULTANDO: Que en este proceso de conocimiento doble, el Juez Cuarto de Partido en lo
    • En grado de apelación, dicho fallo es confirmado en todas sus partes en el marco
    • La respuesta del demandado reconventor se refiere a un recurso de apelación, no al de
    • Así concebido el recurso extraordinario, se pasa a resolverlo con estricto apego a la normativa
    • CONSIDERANDO: Que para la usucapión ordinaria o quinquenal como medio derivativo de adquirir el derecho
    • CONSIDERANDO: Que así expuesto el caso en conflicto sobre la usucapión ordinaria y su desestimación
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo
    • Se regula en Quinientos bolivianos el honorario de abogado
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • Proveído : Sucre, 16 de junio de 2003
    • Dra. Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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