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    Auto Supremo AS/0294/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0294/2003

    Fecha: 03-Jun-2003

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • concusión propia
    • CONSIDERANDO: Que a fs
    • En consecuencia la absolución referida está amparada en el art
    • Asimismo mediante un otro auto complementario cursante a fs
    • CONSIDERANDO: Elevado el proceso en apelación, el Tribunal de alzada a fs
    • CONSIDERANDO: Impugnando el referido Auto de Vista recurre de nulidad o casación, Mirtha Da Costa
    • Por su parte Fortunato Nallar Gareca, denuncia la inexistencia del delito de concusión propia, previsto
    • Finalmente el procesado Jorge Pedro Arce Echenique, en su recurso de fs
    • CONSIDERANDO: Que de la revisión cuidadosa de antecedentes se establece que el proceso nace a
    • No obstante ser Guillermo Solares Aponte funcionario dependiente de oficinas de sustancias controladas, su conducta
    • El delito es una conducta típicamente antijurídica y culpable y para que una acción sea
    • De lo expuesto se establece que el Tribunal a-quo con mejor criterio, ha analizado adecuadamente
    • No está demás clarificar que la remisión que hace el Juez a-quo al Ministerio Público
    • Estos razonamientos jurídicos doctrinales refuerzan la decisión del Supremo Tribunal para casar el Auto de
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
    • No interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por renuncia a las funciones de Ministro
    • Regístrese y devuélvase
    • Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.

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