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    Auto Supremo AS/0240/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0240/2003

    Fecha: 22-Ago-2003

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • CONSIDERANDO: La resolución de vista confirma íntegramente la sentencia apelada, la que a su vez
    • Contra esta resolución, la demandada Margarita Loza Castro recurre de casación, acusando que el Tribunal
    • CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación en el fondo, abre la competencia del Tribunal Supremo
    • Que, conforme las previsiones contenidas en los arts
    • En el caso específico de la valoración de la prueba testifical, debemos inexcusablemente remitirnos al
    • CONSIDERANDO: De la revisión de obrados, en función al recurso interpuesto, se llega al convencimiento
    • La afirmación precedente, nos lleva a concluir que si el Estado, a través de los
    • En el caso de autos, el tribunal de alzada a tiempo de pronunciar su resolución
    • Por todo lo expuesto, se concluye que la prueba aportada a obrados ha sido valorada
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Se regula el honorario de abogado en la suma de Bolivianos quinientos que mandará hacer
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • Proveído : Sucre, 22 de agosto de 2003
    • Dra. Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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