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    Auto Supremo AS/0210/2004
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0210/2004

    Fecha: 19-Oct-2004

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO: El auto de vista pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior
    • Resolución de vista que es impugnada en casación por parte de Edgar Coca Coimbra en
    • CONSIDERANDO: Que, el art
    • Que, la integración a la litis de los demandados, se impone a los efectos del
    • Que, esta integración debe ser tarea no solo de las partes sino obligación del a
    • CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, se evidencia que la demanda de fs
    • La demanda admitida a fs
    • Que, a fs
    • Que establecida la relación procesal, los demandantes observan los puntos de hecho señalados por el
    • Que, por último, debemos anotar que la sentencia no se pronuncia sobre la demanda reconvencional
    • CONSIDERANDO: De lo anteriormente expuesto, se infiere claramente que el proceso se ha desarrollado con
    • En consecuencia, en el proceso no existió legitimación pasiva, por cuanto la demanda estuvo interpuesta
    • En síntesis, el a quo no ejerció su papel de director del proceso, cuidando de
    • Que, el tribunal ad quem al pronunciar el auto de vista debió hacer uso de
    • POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Excma
    • No siendo excusable el error en el que ha incurrido el a quo y los
    • Constando de obrados que el Juez 7º de Partido en lo Civil-Comercial, Dr
    • Ministra Relatora: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dr. Armando Villafuerte Claros
    • Proveído : Sucre, 19 de octubre de 2004
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera
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