SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 163/2004 FECHA: 10 de diciembre de 2004
EXP. N°: 129/2003
PROCESO: Extradición
PARTES: H. Embajada de la República Federal del Brasil c/ Nilson Veggi Atalá
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de extradición de Nilson Veggi Atalá presentada por la Embajada de la República Federal del Brasil, lo argumentado por la defensa del sujeto requerido.
Con carácter previo, en aplicación del artículo 1º, parágrafo I del Tratado de Extradición suscrito con el Brasil, se dispone que el Estado requirente remita ante éste Tribunal dentro de los próximos quince (15) días, información complementaria respecto a los siguientes aspectos:
La identidad del sujeto requerido, Nilson Veggi Atalá.
El estado del proceso penal por el que se solicita su extradición respecto al sujeto requerido.
Por Secretaría de Cámara ofíciese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para que éste haga conocer la presente determinación a la Embajada del Brasil.
Póngase en conocimiento del Ministerio Público.
No ha lugar a la solicitud de libertad, en tanto se resuelva el fondo del trámite de extradición
Los ministros doctores Emilse Ardaya Gutiérrez, Gonzalo Castellanos Trigo y José Luis Baptista Morales fueron de voto disidente opinando porque se resuelva en el fondo.
No intervienen los Ministros doctores Jaime Ampuero García y Virginia Kolle Caso, el primero por encontrarse cumpliendo comisión oficial y la segunda por ausencia justificada.
Firmado: Eduardo Rodríguez Veltzé
Héctor Sandoval Parada
Armando Villafuerte Claros
Emilse Ardaya Gutiérrez
Carlos Rocha Orosco
René Berindoague Peñaranda
Carlos Cardona Uriona
Nelly De la Cruz de Palomeque
Gonzalo Castellanos Trigo
José Luis Baptista Morales
Firmado: Sofía Fiengo Sotés
AUTO SUPREMO: 163/2004 FECHA: 10 de diciembre de 2004
EXP. N°: 129/2003
PROCESO: Extradición
PARTES: H. Embajada de la República Federal del Brasil c/ Nilson Veggi Atalá
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de extradición de Nilson Veggi Atalá presentada por la Embajada de la República Federal del Brasil, lo argumentado por la defensa del sujeto requerido.
Con carácter previo, en aplicación del artículo 1º, parágrafo I del Tratado de Extradición suscrito con el Brasil, se dispone que el Estado requirente remita ante éste Tribunal dentro de los próximos quince (15) días, información complementaria respecto a los siguientes aspectos:
La identidad del sujeto requerido, Nilson Veggi Atalá.
El estado del proceso penal por el que se solicita su extradición respecto al sujeto requerido.
Por Secretaría de Cámara ofíciese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para que éste haga conocer la presente determinación a la Embajada del Brasil.
Póngase en conocimiento del Ministerio Público.
No ha lugar a la solicitud de libertad, en tanto se resuelva el fondo del trámite de extradición
Los ministros doctores Emilse Ardaya Gutiérrez, Gonzalo Castellanos Trigo y José Luis Baptista Morales fueron de voto disidente opinando porque se resuelva en el fondo.
No intervienen los Ministros doctores Jaime Ampuero García y Virginia Kolle Caso, el primero por encontrarse cumpliendo comisión oficial y la segunda por ausencia justificada.
Firmado: Eduardo Rodríguez Veltzé
Héctor Sandoval Parada
Armando Villafuerte Claros
Emilse Ardaya Gutiérrez
Carlos Rocha Orosco
René Berindoague Peñaranda
Carlos Cardona Uriona
Nelly De la Cruz de Palomeque
Gonzalo Castellanos Trigo
José Luis Baptista Morales
Firmado: Sofía Fiengo Sotés