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    Auto Supremo AS/0061/2004
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0061/2004

    Fecha: 10-Mar-2004

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    • CONSIDERANDO: El auto de vista confirma en parte la sentencia pronunciada por el juez a
    • Contra el fallo de segunda instancia, el demandante Milton Rojas Ibarra recurre de casación acusando
    • Por su parte, el codemandado Nelson Ríos Iriarte, a tiempo de contestar el recurso extraordinario
    • CONSIDERANDO: En el proceso ordinario que nos ocupa, Milton Rojas Ibarra demandó la nulidad del
    • Que, revisados los obrados, este Tribunal Supremo encuentra hechos que no fueron considerados en el
    • Enmarcando la decisión Suprema únicamente en función a los recursos que nos ocupan, se tiene
    • CONSIDERANDO: Que, el art
    • En el caso que nos ocupa, la demanda exige se declare la nulidad del contrato
    • Que, tal como lo ha expuesto el tribunal ad quem, no se ha demostrado por
    • Que, al haberse demostrado en el proceso, que no se ha cumplido con la norma
    • En consecuencia, este Tribunal tampoco encuentra que el tribunal de alzada hubiera infringido dichas disposiciones
    • CONSIDERANDO: El recurso del demandante acusa errónea apreciación de las pruebas, en ese aspecto, este
    • La determinación del tribunal de alzada al determinar que "es innecesario analizar el acta de
    • Que, existiendo vicios insubsanables en el acta de reconocimiento de firmas y rúbricas suscrita al
    • CONSIDERANDO: Que, en cuanto al recurso interpuesto por el codemandado Nelson Ríos Iriarte, es evidente
    • Respecto a la errónea interpretación del art
    • Por lo expuesto, se infiere que el tribunal ad quem, a tiempo de pronunciar la
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Para resolución interviene el Dr
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dr. Jaime Ampuero García
    • Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • Proveído : Sucre, 10 de marzo de 2004
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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