SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 060/2004 FECHA: 18 de mayo de 2004
EXP. N° : 70/2004
PROCESO : Revisión Extraordinaria de Sentencia
PARTES : Freddy Calamani Quispe y Marcelo Ruelas Fernández (Dentro de la
Demanda Coactiva Fiscal seguida por la H. Alcaldía Municipal de Coripata c/ Freddy Quispe y Marcelo Ruelas Fernández)
VISTOS EN SALA PLENA:El recurso extraordinario de revisión de sentencia pronunciada en materia administrativa interpuesto por Freddy Calamani Quispe y Marcelo Ruelas Fernández, sus antecedentes, el informe del Ministro Tramitador Dr. Carlos Rocha Orosco; y
CONSIDERANDO:Que el recurrente interpone su demanda de revisión extraordinaria de la sentencia dictada por el Juez Tercero de Partido en lo Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Distrito de La Paz, dentro del proceso coactivo fiscal seguido por la H. Alcaldía Municipal de Coripata.
Que el recurso extraordinario de revisión de sentencia ejecutoriada previsto por el art. 297 del Código de Procedimiento Civil, es procedente únicamente para la revisión de un pronunciamiento jurisdiccional en proceso ordinario; en consecuencia, dicha norma legal es concluyente en cuanto a que es inadmisible la revisión de las sentencias pronunciadas dentro de un proceso coactivo fiscal, que tiene un procedimiento especial como ocurre en el caso de autos.
POR TANTO:La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de conformidad con el art. 299-1) del Código de Procedimiento Civil, declara INADMISIBLE el recurso extraordinario de revisión de sentencia de 11 a 12 y ordena el archivo de obrados.
No interviene el Conjuez convocado Dr. Clodoaldo Flores Domínguez, por ausencia justificada
Regístrese.
Firmado: Eduardo Rodríguez Veltzé
Armando Villafuerte Claros
Jaime Ampuero García
Héctor Sandoval Parada
Emilse Ardaya Gutiérrez
Carlos Rocha Orosco
Ramiro Samos Oroza
Gonzalo Urquizu Arana
Ángel Wáyar Wáyar
Firmado: Sofía Fiengo Sotés
Secretaria de Cámara
AUTO SUPREMO: 060/2004 FECHA: 18 de mayo de 2004
EXP. N° : 70/2004
PROCESO : Revisión Extraordinaria de Sentencia
PARTES : Freddy Calamani Quispe y Marcelo Ruelas Fernández (Dentro de la
Demanda Coactiva Fiscal seguida por la H. Alcaldía Municipal de Coripata c/ Freddy Quispe y Marcelo Ruelas Fernández)
VISTOS EN SALA PLENA:El recurso extraordinario de revisión de sentencia pronunciada en materia administrativa interpuesto por Freddy Calamani Quispe y Marcelo Ruelas Fernández, sus antecedentes, el informe del Ministro Tramitador Dr. Carlos Rocha Orosco; y
CONSIDERANDO:Que el recurrente interpone su demanda de revisión extraordinaria de la sentencia dictada por el Juez Tercero de Partido en lo Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Distrito de La Paz, dentro del proceso coactivo fiscal seguido por la H. Alcaldía Municipal de Coripata.
Que el recurso extraordinario de revisión de sentencia ejecutoriada previsto por el art. 297 del Código de Procedimiento Civil, es procedente únicamente para la revisión de un pronunciamiento jurisdiccional en proceso ordinario; en consecuencia, dicha norma legal es concluyente en cuanto a que es inadmisible la revisión de las sentencias pronunciadas dentro de un proceso coactivo fiscal, que tiene un procedimiento especial como ocurre en el caso de autos.
POR TANTO:La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de conformidad con el art. 299-1) del Código de Procedimiento Civil, declara INADMISIBLE el recurso extraordinario de revisión de sentencia de 11 a 12 y ordena el archivo de obrados.
No interviene el Conjuez convocado Dr. Clodoaldo Flores Domínguez, por ausencia justificada
Regístrese.
Firmado: Eduardo Rodríguez Veltzé
Armando Villafuerte Claros
Jaime Ampuero García
Héctor Sandoval Parada
Emilse Ardaya Gutiérrez
Carlos Rocha Orosco
Ramiro Samos Oroza
Gonzalo Urquizu Arana
Ángel Wáyar Wáyar
Firmado: Sofía Fiengo Sotés
Secretaria de Cámara