Auto Supremo AS/0264/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0264/2004

Fecha: 17-Jun-2004

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

Expediente Nº 50/02

AUTO SUPREMO Nº 264 - C. Tributario (Extinción de la Obligación) Sucre, 17 de junio de

2004.

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Sahara Ercilia Covarrubias Pereira c/ Servicio de Impuestos Nacionales (S.I.N.).




VISTOS Y CONSIDERANDO: El memorial de fs. 89, presentado por Juan Mariscal Sanzetenea, Gerente Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales - Cochabamba, dentro del proceso Contencioso Tributario seguido por Sahara Ercilia Covarrubias Pereira, contra la Dirección Distrital del Servicio Nacional de Impuestos Internos de Cochabamba -ahora Gerencia Distrital del S.I.N.- por el que, a los efectos de lo establecido por el Código Tributario Ley Nro. 2492 y el artículo 19 del D.S. 27149, pone en conocimiento de este Tribunal que la demandante se acogió al Programa Transitorio para el tratamiento de adedudos tributarios en la modalidad de Pago Unico y Definitivo.

Que, la literal presentada a fs. 87 y 88 de obrados, acreditan que Sahara Ercilia Covarrubias Pereira efectuó el pago único y definitivo de su adedudo tributario, dentro del marco normativo previsto por la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003 (Código Tributario) y la Ley Nº 2626 de 22 de diciembre de 2003. Consiguientemente habiéndose cancelado la obligación tributaria, que dio lugar al presente proceso, corresponde declararla extinguida, no habiendo más mérito para la prosecución de la causa.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, DECLARA EXTINGUIDA la obligación tributaria de Sahara Ercilia Covarrubias Pereira, en consecuencia la presente acción, y dispone el archivo de obrados.

Regístrese, devuélvase y archívese.

Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco.

Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.

Sucre, 17 de junio de 2004.

Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
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