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    Auto Supremo AS/0018/2004
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0018/2004

    Fecha: 20-Sep-2004

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    • DISTRITO: La Paz PROCESO: Ordinario (Nulidad y anulabilidad de Contrato)
    • PARTES: Hernán Rivera Rojas c/Javier Harb Álvarez
    • VISTOS: Sentencia de primera instancia, auto de vista impugnado, recurso de casación en el fondo,
    • Que, el recurso de casación es puramente jurídico y de derecho y por el principio
    • El recurso de casación es remedio procesal extraordinario, motivo por el cual el conocimiento y
    • CONSIDERANDO: Con sujeción a lo establecido por el art
    • Al haber sido admitida la demanda en el entendido de que la misma cumplía con
    • En el presente caso de autos, el tribunal "ad quem" al dictar el auto de
    • Es cierto que las acciones de nulidad y anulabilidad son instituciones del derecho civil con
    • La acumulación de acciones en un mismo proceso reside en dos tipos de fundamento: uno
    • Conforme al art
    • Los argumentos (pobres jurídicamente) en que fundan la nulidad de obrados el tribunal de apelación
    • El órgano de apelación solo debe resolver conforme a la expresión del agravio o perjuicio
    • Los principios de pertinencia y congruencia previstos en la normativa de los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de República
    • No siendo excusable el error en el que incurrieron los respetables vocales intervinientes del auto
    • Relator: Ministro Dr. Gonzalo Castellanos Trigo
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda

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