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    Auto Supremo AS/0192/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0192/2005

    Fecha: 25-Oct-2005

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    • MINISTRO RELATOR: Dr. Armando Villafuerte Claros
    • CONSIDERANDO: La sentencia de primera instancia pronunciada por el Juez 4° de Partido en lo
    • 2) Y
    • 3) La demandante "ha fabricado prueba para tratar de justificar la supuesta instalación de los
    • 4) Se reconoce que la demandante retiene ilegalmente los tanques de GL desde la suscripción
    • 5) El pago de daños y perjuicios constituye lo principal de la demanda, sin embargo,
    • 6) Finalmente, señala que la demanda es improcedente conforme dejó establecido en su recurso de
    • Con tales argumentos solicita casar el auto de vista recurrido
    • b) Recurso de casación presentado por Elizabeth Chávez Guzmán
    • Nulidad o casación en la forma.- Señala lo siguiente
    • Casación en el fondo.- En este recurso, expone los siguientes argumentos
    • Tales antecedentes -agrega- demuestran que nunca ha existido un requerimiento formal para la devolución de
    • 2) No es evidente que retenga sin justificación legal alguna los tanques ya que además
    • Sobre la base de tales antecedentes, afirmando que Y
    • CONSIDERANDO: Examinados los datos del proceso, con relación a los recursos de casación en el
    • La mandataria de Y
    • Lo anterior hace recordar que en la esfera del derecho la buena fe es un
    • Y
    • Consiguientemente, en el sub lite, la Transportista no sólo ha ofrecido cumplir su obligación, conforme
    • Con esa afirmación el ad quem desconoce su propia resolución de vista de fs
    • A la falta de fuerza probatoria de la fotocopia mencionada, se agrega el contrasentido en
    • Sin embargo de ello, el ad quem, parece olvidar que el derecho de retención es
    • Messineo, que influyó en la elaboración de nuestro Código de 1976, escribe en su Manual
    • Se aclara que el derecho de retención no siempre se refiere a la restitución de
    • En el presente caso concurren esos requisitos para el ejercicio del derecho de retención que
    • Las consideraciones expuestas precedentemente hacen que el recurso de casación en el fondo presentado por
    • II. Recurso de casación en la forma interpuesto por Elizabeth Chávez Guzmán
    • En lo que concierne a este recurso planteado por Elizabeth Chávez Guzmán, el examen del
    • POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
    • En cuanto al recurso de casación en el fondo presentado por Elizabeth Chávez Guzmán, a
    • Para formar resolución, interviene el Ministro Juan José Gonzalez Osio, de la Sala Social Segunda,
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dr. Armando Villafuerte Claros
    • Dr. Juan José González Osio
    • Proveído : Sucre, 25 de Octubre de 2005
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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