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    Auto Supremo AS/0439/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0439/2005

    Fecha: 11-Nov-2005

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO: que de fojas 136 a 145 y vuelta cursa la Sentencia pronunciada por el
    • Que en grado de apelación la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito
    • CONSIDERANDO: que examinados los precedentes contradictorios invocados se tiene que el Auto Supremo Nº 494/2003
    • CONSIDERANDO: que de la revisión de los datos del proceso con relación a los agravios
    • Que establecidos los puntos de derecho a considerarse en el recurso interpuesto, corresponde ingresar a
    • Que al efecto indicado corresponde puntualizar
    • 2) que la apreciación de la prueba se regirá por los criterios de valoración y
    • 3) que dichas exigencias legales protegen los derechos constitucionales que asisten a los imputados, prevén
    • 4) que la transgresión de las precitadas disposiciones legales constituye defecto absoluto y conlleva atentado
    • Que en cuanto al fundamento doctrinal del Auto de Vista impugnado no es contradictorio con
    • Que en consecuencia los datos del proceso informan que el juicio oral, público y contradictorio
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, declara INFUNDADO el
    • Para fines del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, remítase copia del presente Auto
    • Relator: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
    • Sucre, once de noviembre de dos mil cinco
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.

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