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    Auto Supremo AS/0189/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0189/2005

    Fecha: 10-Jun-2005

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    • PARTES: Aida Jiménez Segales y otras c/ Julio Jiménez S. y otra
    • CONSIDERANDO: que la Ley 1970 de 25 de marzo de 1999, en sus artículos 416
    • Que la exigencia de invocar precedentes contradictorios es indispensable para recurrir de casación, cual impone
    • Que la Corte Suprema de Justicia ha establecido jurisprudencia uniforme en cuanto a la admisibilidad
    • CONSIDERANDO: que examinados los obrados del proceso, es evidente que pronunciado el Auto de Vista
    • Que del análisis del recurso, se evidencia la inexistencia de causas contenidas en los artículos
    • Que el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho, que debe cumplir
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
    • Sucre, diez de junio de dos mil cinco
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.

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