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    Auto Supremo AS/0230/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0230/2005

    Fecha: 26-Jul-2005

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    • PARTES: Narda Maldonado y otro c/ Mario Agustín Cisneros Avila
    • Difamación y otros
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
    • CONSIDERANDO: que de fojas 91 a 93 cursa el recurso de casa-ción interpuesto por Mario
    • CONSIDERANDO: que el recurso de casación deducido fundamenta que el recurrente actuó como autoridad ejecutiva
    • CONSIDERANDO: que del examen del proceso se establece que, conforme reglas de la materia, la
    • Que no cursa antecedente de la retractación invocada que origine la extinción de la acción;
    • Que no se puede, en casación, invocar violación al debido proceso cuando la supuesta indefensión
    • Que el proceso de autos se ha sustanciado dentro del marco de la demanda, desarrollándose
    • Que en el caso de autos no se ha establecido ausencia de fundamentación, ya que
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, ejerciendo la facultad
    • Relator: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Sucre, veintiséis de julio de dos mil cinco
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.

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