SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Expediente Nº 62/03
AUTO SUPREMO Nº 205 - C. Tributario (Archivo de Obrados) Sucre, 04 de agosto de 2005.
DISTRITO: Tarija
PARTES: Gustavo López Zamora c/ Dirección Distrital de Impuestos Nacionales de Tarija.
VISTOS Y CONSIDERANDO: El informe que antecede y el memorial de fs. 763 presentado por Martha del Rosario Silva Zambrana, Gerente Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales de Tarija, dentro del proceso Contencioso Tributario seguido por Gustavo López Zamora contra aquella Gerencia Distrital, por el que hace conocer que dicha Empresa cumplió a cabalidad con el Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional de regularización de adeudos bajo la Modalidad de Pago Unico Definitivo al cual se acogió, solicitando se disponga el archivo de obrados por extinción de los adeudos tributarios.
CONSIDERANDO: Que, corrida en traslado la solicitud al demandante Gustavo López Zamora mediante proveído de fs. 763 Vlta. y habiendo sido éste legalmente notificado, el mismo no respondió pese a haber transcurrido mucho más del tiempo que se le otorgó para ello, considerándoselo, a los efectos de la presente resolución, conforme con la solicitud realizada por la representante legal de la entidad demandada.
Consecuentemente, habiéndo sido cancelada la obligación tributaria que dio lugar al presente proceso, corresponde declararla extinguida, no habiendo más mérito para la prosecución de la causa.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, DECLARA EXTINGUIDA la obligación tributaria de Gustavo López Zamora, así como la presente acción, y dispone el archivo de obrados.
Regístrese, devuélvase y archívese.
Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco.
Dr. Alberto Ruiz Pérez.
Sucre, 04 de agosto de 2005.
Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
Expediente Nº 62/03
AUTO SUPREMO Nº 205 - C. Tributario (Archivo de Obrados) Sucre, 04 de agosto de 2005.
DISTRITO: Tarija
PARTES: Gustavo López Zamora c/ Dirección Distrital de Impuestos Nacionales de Tarija.
VISTOS Y CONSIDERANDO: El informe que antecede y el memorial de fs. 763 presentado por Martha del Rosario Silva Zambrana, Gerente Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales de Tarija, dentro del proceso Contencioso Tributario seguido por Gustavo López Zamora contra aquella Gerencia Distrital, por el que hace conocer que dicha Empresa cumplió a cabalidad con el Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional de regularización de adeudos bajo la Modalidad de Pago Unico Definitivo al cual se acogió, solicitando se disponga el archivo de obrados por extinción de los adeudos tributarios.
CONSIDERANDO: Que, corrida en traslado la solicitud al demandante Gustavo López Zamora mediante proveído de fs. 763 Vlta. y habiendo sido éste legalmente notificado, el mismo no respondió pese a haber transcurrido mucho más del tiempo que se le otorgó para ello, considerándoselo, a los efectos de la presente resolución, conforme con la solicitud realizada por la representante legal de la entidad demandada.
Consecuentemente, habiéndo sido cancelada la obligación tributaria que dio lugar al presente proceso, corresponde declararla extinguida, no habiendo más mérito para la prosecución de la causa.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, DECLARA EXTINGUIDA la obligación tributaria de Gustavo López Zamora, así como la presente acción, y dispone el archivo de obrados.
Regístrese, devuélvase y archívese.
Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco.
Dr. Alberto Ruiz Pérez.
Sucre, 04 de agosto de 2005.
Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.