SALA CIVIL
AUTO SUPREMO Sucre, 30 de septiembre de 2.005.
COMPLEMENTARIO a 293
DISTRITO: Beni RECURSO: Ordinario - Anulabilidad de contrato y otros.
PARTES: Ernesto, Álvaro Suárez Sattori y otros c/Jaime Alberto Iriarte Ortiz.
MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio.
>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>> >>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>
VISTOS: Existiendo error material en la consignación del nombre del apoderado legal del impetrante a fs. 267 vta., en la línea 16, se aclara que el nombre correcto es Jaime Rodolfo Cuba Bascopé y no Jaime Rodolfo Bascopé.
En lo demás, siendo claros los términos del Auto Supremo Nº 293 de 13 de septiembre de 2005, NO HA LUGAR a la explicación y complementación solicitada.
Se hace constar que los Ministros que suscriben el presente auto, dictaron el Auto Supremo Nº 293 como Ministros de la Sala Civil Segunda; pero, ocurre que dicha Sala a partir del 15 de este mismo mes de septiembre, se ha convertido en Sala Social y Administrativa Segunda; razón por la cual se suscribe esta resolución como Ministros de esta última Sala.
Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio.
Regístrese.
Firmado: Dr. Juan José González Osio.
Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
Dr. Julio Ortiz Linares.
Proveído: Sucre, 30 de septiembre de 2005.
Patricia Parada Loras.
Secretaria de Cámara de la Sala Civil
AUTO SUPREMO Sucre, 30 de septiembre de 2.005.
COMPLEMENTARIO a 293
DISTRITO: Beni RECURSO: Ordinario - Anulabilidad de contrato y otros.
PARTES: Ernesto, Álvaro Suárez Sattori y otros c/Jaime Alberto Iriarte Ortiz.
MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio.
>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>> >>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>
VISTOS: Existiendo error material en la consignación del nombre del apoderado legal del impetrante a fs. 267 vta., en la línea 16, se aclara que el nombre correcto es Jaime Rodolfo Cuba Bascopé y no Jaime Rodolfo Bascopé.
En lo demás, siendo claros los términos del Auto Supremo Nº 293 de 13 de septiembre de 2005, NO HA LUGAR a la explicación y complementación solicitada.
Se hace constar que los Ministros que suscriben el presente auto, dictaron el Auto Supremo Nº 293 como Ministros de la Sala Civil Segunda; pero, ocurre que dicha Sala a partir del 15 de este mismo mes de septiembre, se ha convertido en Sala Social y Administrativa Segunda; razón por la cual se suscribe esta resolución como Ministros de esta última Sala.
Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio.
Regístrese.
Firmado: Dr. Juan José González Osio.
Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
Dr. Julio Ortiz Linares.
Proveído: Sucre, 30 de septiembre de 2005.
Patricia Parada Loras.
Secretaria de Cámara de la Sala Civil