SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N° 164 Sucre, 21 de Agosto de 2006
DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario sobre acción negatoria de derechos y otros - Desistimiento
PARTES : Rolando Daza Ferrufino c/ Wálter Arístides Dipp Gámez y otra
VISTOS: El memorial de fs. 83 presentado por Rolando Daza Ferrufino, dentro del proceso ordinario sobre acción negatoria de derechos, restitución de lo recibido y pago de daños y perjuicios que sigue en contra de Walter Arístides Dipp Gámez y Nancy Gámez Vda. de Dipp; mediante el cual pide se acepte simple y llanamente el desistimiento que acompaña, formulado por los demandados y recurrentes Walter Arístides Dipp Gámez y Nancy Gámez Vda. de Dipp.
Que, una vez presentado el desistimiento del recurso de casación, corresponde dar aplicación a lo dispuesto por el art. 307 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, ACEPTA el desistimiento, sin costas.
Regístrese y devuélvase.
Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
Dr. Julio Ortiz Linares.
Proveído : Sucre, 21 de Agosto de 2006.
Patricia Parada Loras.
Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
AUTO SUPREMO N° 164 Sucre, 21 de Agosto de 2006
DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario sobre acción negatoria de derechos y otros - Desistimiento
PARTES : Rolando Daza Ferrufino c/ Wálter Arístides Dipp Gámez y otra
VISTOS: El memorial de fs. 83 presentado por Rolando Daza Ferrufino, dentro del proceso ordinario sobre acción negatoria de derechos, restitución de lo recibido y pago de daños y perjuicios que sigue en contra de Walter Arístides Dipp Gámez y Nancy Gámez Vda. de Dipp; mediante el cual pide se acepte simple y llanamente el desistimiento que acompaña, formulado por los demandados y recurrentes Walter Arístides Dipp Gámez y Nancy Gámez Vda. de Dipp.
Que, una vez presentado el desistimiento del recurso de casación, corresponde dar aplicación a lo dispuesto por el art. 307 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, ACEPTA el desistimiento, sin costas.
Regístrese y devuélvase.
Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
Dr. Julio Ortiz Linares.
Proveído : Sucre, 21 de Agosto de 2006.
Patricia Parada Loras.
Secretaria de Cámara de la Sala Civil.