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    Auto Supremo AS/0297/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0297/2006

    Fecha: 25-Ago-2006

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    • VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Fernando Jonathan Lizarazu de fojas 215 a 216
    • De esta resolución recurren de apelación restringida el representante del Ministerio Público, el acusador particular
    • CONSIDERANDO: que el imputado recurre en casación de fojas 215 a 216 vuelta, con el
    • 3) Señala como precedentes contradictorios los Autos Supremos Nº 636/04 y Nº 555/03
    • CONSIDERANDO: que admitido el recurso de casación por Auto de 14 de septiembre de 2005,
    • En ese razonamiento, es evidente que el recurrente en su memorial de fojas 170 a
    • Finalmente, sobre las denuncias de que al limitarse la prueba de descargo, se habría restringido
    • Respecto a la denuncia de que se hubiera restringido el derecho a la defensa al
    • Con relación a la errónea aplicación de la ley, el recurrente no precisa la situación
    • De los antecedentes expuestos, se tiene que no concurren los presupuestos que permitieron la admisibilidad
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
    • La Ministra Dra
    • Sucre, veinticinco de agosto de dos mil seis
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
    • Disidente: Ministra Dra. Rosario Canedo Justiniano, Presidente Sala Penal Segunda
    • Siendo de mi conocimiento el proyecto de resolución dentro del proceso penal seguido por el
    • El objeto del recurso de apelación restringida, es el de una instancia de control de
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    • Consecuentemente sugiero, se deje sin efecto el Auto de Vista Nº 93/05 dictado por la
    • PRESIDENTE SALA PENAL SEGUNDA.

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