Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0307/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0307/2006

    Fecha: 25-Ago-2006

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Tráfico de Ss.Cc
    • VISTOS: el recurso de casación de fojas 205 a 207 interpuesto por Porfirio Cama Condori
    • Indican, además, que la participación de José Cama Ajno, fue casual y que debió aplicarse
    • Refieren que, al haberse impuesto la pena de 13 y 10 años a Porfirio Cama
    • CONSIDERANDO: que concluido el juicio oral público y contradictorio, el Tribunal de Sentencia Tercero de
    • Que esta resolución es, recurrida por los procesados siendo el recurso admitido por Auto Supremo
    • Con ese antecedente, y con el razonamiento contenido en el fallo del a quo, se
    • DOCTRINA LEGAL: que el Código sustantivo de la materia, señala que son partícipes de un
    • Que las categorías de partícipe (en general) que no son ni cómplices ni instigadores -que
    • Que demostrada la participación de una persona en un determinado hecho ilícito, se debe proceder
    • Que con estos antecedentes, se evidencia que el grado de participación de Porfirio Cama Condori,
    • Que es menester precisar también, que la pena cumple un fin, siendo importante cuidar el
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
    • Para fines del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, hágase conocer la presente resolución
    • Sucre, veinticinco de agosto de dos mil seis
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca