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    Auto Supremo AS/0387/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0387/2006

    Fecha: 13-Sep-2006

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    • CONSIDERANDO: que en su memorial de recurso, Marcial Villarroel Siles refiere
    • Señala en calidad de precedente contradictorio, el Auto Supremo Nº 241/05 de 1º de agosto
    • Refiere además respecto al animus de la conducta como elemento subjetivo constitutivo del tipo penal
    • Denuncia que existió defectuosa valoración de la prueba conforme a la previsión de los artículos
    • Refiere que la audiencia de fundamentación del recurso se realizó ante la Sala Penal Primera
    • Que además de lo señalado, sería evidente la falta e insuficiencia en la fundamentación de
    • Señala en calidad de precedentes contradictorios, los Autos Supremos Nº 62/83, 61/97, 244/93, 193/93, 221/93,
    • Por otra parte refiere que el juez de mérito, arribó a conclusiones sin que se
    • Señala en calidad de precedentes contradictorios, los Autos Supremos Nº 5/99 y Nº 499/05, pidiendo
    • CONSIDERANDO: que el recurrente, además de presentar su impugnación dentro del término previsto por ley,
    • Por otra parte refiere que existió defectuosa valoración de la prueba y que en ese
    • Finalmente denuncia graves irregularidades al procedimiento las que de ser evidentes, constituirían un defecto absoluto
    • Por los antecedentes referidos, el recurso cumple con los requisitos legales exigidos en los artículos
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
    • Asimismo, para el cumplimiento del artículo 418 segundo párrafo del Código de Procedimiento Penal, se
    • Regístrese y hágase saber
    • Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
    • Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
    • Sucre, trece de septiembre de dos mil seis
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.

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