SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 932
Sucre, 28 de septiembre de 2.006
DISTRITO: Las Paz PROCESO: Social.
PARTES: Vanguard Ltda. c/ Servicio de Impuestos Nacionales (Graco)
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
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VISTOS: El memorial de fs. 81, presentado por Angel Luís Barrera Zamorano, Gerente Distrital de Grandes Contribuyentes de La Paz a.i., dentro del proceso contencioso tributario seguido por "VANGUARD LTDA." contra dicha Gerencia, sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que, a fs. 81 Angel Luís Barrera Zamorano, Gerente Distrital de Grandes Contribuyentes de La Paz a.i., presenta memorial dando a conocer que la empresa demandante, se acogió al Programa Transitorio Voluntario y Excepcional en la modalidad de Pago Único y Definitivo, formulando desistimiento puro y simple del recurso de casación interpuesto por dicha Gerencia.
Que, siendo la propia administración tributaria la que informa del cumplimiento por parte del contribuyente demandante del pago de su obligación tributaria, dentro del marco normativo previsto por el Código Tributario, Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003 y la Ley Nº 2626 de 22 de diciembre de 2003, que dio lugar al presente proceso; además de presentar el desistimiento del recurso de casación, de conformidad con lo dispuesto por el art. 307 del Código de Procedimiento Civil, corresponde ser resuelto sin más trámite.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en apoyo del art. 307 del Cód. Pdto. Civ., ACEPTA simple y llanamente el desistimiento del recurso de casación formulado a fs. 81, declarando ejecutoriado el auto de vista Nº 09/03/SSAI de 20 de enero de 2003 cursante a fs. 67.
Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
Dr. Juan José González Osio.
Proveído: Sucre, 28 de septiembre de 2.006
Ma. del Rosario Vilar G.
Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
Sucre, 28 de septiembre de 2.006
DISTRITO: Las Paz PROCESO: Social.
PARTES: Vanguard Ltda. c/ Servicio de Impuestos Nacionales (Graco)
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
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VISTOS: El memorial de fs. 81, presentado por Angel Luís Barrera Zamorano, Gerente Distrital de Grandes Contribuyentes de La Paz a.i., dentro del proceso contencioso tributario seguido por "VANGUARD LTDA." contra dicha Gerencia, sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que, a fs. 81 Angel Luís Barrera Zamorano, Gerente Distrital de Grandes Contribuyentes de La Paz a.i., presenta memorial dando a conocer que la empresa demandante, se acogió al Programa Transitorio Voluntario y Excepcional en la modalidad de Pago Único y Definitivo, formulando desistimiento puro y simple del recurso de casación interpuesto por dicha Gerencia.
Que, siendo la propia administración tributaria la que informa del cumplimiento por parte del contribuyente demandante del pago de su obligación tributaria, dentro del marco normativo previsto por el Código Tributario, Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003 y la Ley Nº 2626 de 22 de diciembre de 2003, que dio lugar al presente proceso; además de presentar el desistimiento del recurso de casación, de conformidad con lo dispuesto por el art. 307 del Código de Procedimiento Civil, corresponde ser resuelto sin más trámite.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en apoyo del art. 307 del Cód. Pdto. Civ., ACEPTA simple y llanamente el desistimiento del recurso de casación formulado a fs. 81, declarando ejecutoriado el auto de vista Nº 09/03/SSAI de 20 de enero de 2003 cursante a fs. 67.
Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
Dr. Juan José González Osio.
Proveído: Sucre, 28 de septiembre de 2.006
Ma. del Rosario Vilar G.
Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.