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    Auto Supremo AS/0465/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0465/2007

    Fecha: 03-Dic-2007

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    • DISTRITO : La Paz PROCESO: Ordinario- Resolución de contrato y otros
    • PARTES : Nicasia Flores Quispe y otro c/ Hugo Flores Humiri y otra
    • CONSIDERANDO: Que el 10 de enero de 2004, el Juez Cuarto de Partido en lo
    • En apelación deducida por los demandados, la Sala Civil Primera de la Corte Superior de
    • Contra el referido auto de vista, la demandante Nicasia Flores Quispe por sí y su
    • En el fondo, acusa que el Tribunal ad quem ha vulnerado el principio de especificidad
    • Señala que se han lesionado las normas positivas sobre el mandato, argumentando que el auto
    • Acusa que, el tribunal ad quem, al emitir la resolución de vista, ha desconocido el
    • Agrega que la prueba literal ha sido apreciada erróneamente en cuanto al derecho propietario del
    • CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados en función al recurso interpuesto, se establece
    • En cuanto a la resolución de contrato, el a quo no tomó en cuenta el
    • Que, también se solicitó división y partición del camión, sin que el juez haya exigido
    • Asimismo que no se fijó como puntos de hechos a probar las pretensiones de resolución
    • Finalmente, que con el auto de concesión de fs
    • CONSIDERANDO: Que, de obrados se evidencia que el tribunal ad quem no se pronunció sobre
    • En la especie, analizando las causas de nulidad señaladas por el tribunal de apelación en
    • Que el art
    • Respecto a la división y partición del vehículo, existe en obrados prueba que acredita el
    • No está demás señalar que la demanda interpuesta ha sido admitida en el entendido que
    • Por lo expuesto, se evidencia que el juez a quo, ha circunscrito su resolución de
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dra. Rosario Canedo Justiniano
    • Proveído : Sucre, 3 de diciembre de 2007
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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