SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 056/2007 FECHA: 21 de marzo de 2007
EXP. N°: 238/2005
PROCESO: Homologación de Sentencia de Divorcio.
PARTES: Interpuesta por Teresita Minerva Castedo Quispe en representación legal Mario Douglas Eduardo Rollano López contra Ruth Eddy Birhuet Pussi.
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de complementación y enmienda presentada por Teresita Minerva Castedo Quispe en representación legal de Mario Douglas Eduardo Rollano López dentro del proceso de homologación de sentencia de divorcio seguido contra Ruth Eddy Birhuet Pussi, el Informe de la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez; y
CONSIDERANDO: Que en su memorial la impetrante solicita la enmienda del Auto Supremo Nº 014/2007 de 17 de enero de 2007, en la parte que ordena al Juez de Partido de Familia de Turno de la ciudad de Cochabamba la cancelación de la Partida de Matrimonio ante la Oficialía de Registro Civil Nº 1503, porque correspondía ordenar que dicho procedimiento sea cumplido por el Juez de Partido de Familia de Turno de la ciudad de La Paz.
Que de la revisión del certificado de matrimonio que cursa a fojas 22 y siendo evidente lo afirmado, con la facultad conferida por el artículo 196 numeral 2) del Código de Procedimiento Civil, corresponde enmendar dicho error material que no altera lo sustancial de la resolución emitida.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la vía de la enmienda, dispone que el Juez de Partido de Familia de Turno de la ciudad de La Paz, en cumplimiento de lo dispuesto en el Auto Supremo Nº 014/2007 de 17 de enero de 2007, ordene la cancelación de la Partida Matrimonial ante la Oficialía de Registro Civil Nº 1503.
No interviene el Presidente Héctor Sandoval Parada por encontrarse en comisión oficial. Tampoco intervienen los Ministros Beatriz Sandoval de Capobianco y Julio Ortiz Linares por encontrarse ausentes momentáneamente.
Regístrese, hágase conocer y cúmplase.
Firmado: Jaime Ampuero García
Emilse Ardaya Gutiérrez
Juan José González Osio
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Rosario Canedo Justiniano
Carlos Jaime Villarroel Ferrer
Bernardo Bernal Callapa
Zacarías Valeriano Rodríguez
Wilfredo Ovando Rojas
Firmado: Sofía L. Fiengo S.
AUTO SUPREMO: 056/2007 FECHA: 21 de marzo de 2007
EXP. N°: 238/2005
PROCESO: Homologación de Sentencia de Divorcio.
PARTES: Interpuesta por Teresita Minerva Castedo Quispe en representación legal Mario Douglas Eduardo Rollano López contra Ruth Eddy Birhuet Pussi.
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de complementación y enmienda presentada por Teresita Minerva Castedo Quispe en representación legal de Mario Douglas Eduardo Rollano López dentro del proceso de homologación de sentencia de divorcio seguido contra Ruth Eddy Birhuet Pussi, el Informe de la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez; y
CONSIDERANDO: Que en su memorial la impetrante solicita la enmienda del Auto Supremo Nº 014/2007 de 17 de enero de 2007, en la parte que ordena al Juez de Partido de Familia de Turno de la ciudad de Cochabamba la cancelación de la Partida de Matrimonio ante la Oficialía de Registro Civil Nº 1503, porque correspondía ordenar que dicho procedimiento sea cumplido por el Juez de Partido de Familia de Turno de la ciudad de La Paz.
Que de la revisión del certificado de matrimonio que cursa a fojas 22 y siendo evidente lo afirmado, con la facultad conferida por el artículo 196 numeral 2) del Código de Procedimiento Civil, corresponde enmendar dicho error material que no altera lo sustancial de la resolución emitida.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la vía de la enmienda, dispone que el Juez de Partido de Familia de Turno de la ciudad de La Paz, en cumplimiento de lo dispuesto en el Auto Supremo Nº 014/2007 de 17 de enero de 2007, ordene la cancelación de la Partida Matrimonial ante la Oficialía de Registro Civil Nº 1503.
No interviene el Presidente Héctor Sandoval Parada por encontrarse en comisión oficial. Tampoco intervienen los Ministros Beatriz Sandoval de Capobianco y Julio Ortiz Linares por encontrarse ausentes momentáneamente.
Regístrese, hágase conocer y cúmplase.
Firmado: Jaime Ampuero García
Emilse Ardaya Gutiérrez
Juan José González Osio
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Rosario Canedo Justiniano
Carlos Jaime Villarroel Ferrer
Bernardo Bernal Callapa
Zacarías Valeriano Rodríguez
Wilfredo Ovando Rojas
Firmado: Sofía L. Fiengo S.