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    Auto Supremo AS/0011/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0011/2008

    Fecha: 21-Ene-2008

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    • Transporte de sustancias controladas
    • CONSIDERANDO: que, el Ministerio Público requirió no haber lugar a la extinción de la acción
    • Que el presente proceso fue radicado en la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema
    • En dicho contexto, la Sentencia Constitucional Nº 1042/2004 fijó reglas de cómputo del plazo para
    • Por otra parte, respecto a plazos, por permisión del artículo 355 del Código de Procedimiento
    • CONSIDERANDO: que, revisados los antecedentes del proceso se establecen los siguientes actos dilatorios del imputado
    • Instalada la audiencia de apertura de debates, ésta fue interrumpida por la ausencia de los
    • Pronunciada la sentencia (fojas 69 a 70) que declaró a Eiber Tapia Mamani autor del
    • Por lo expuesto, de la revisión efectuada se ha comprobado que la dilación del proceso
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese y hágase saber
    • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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