SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 24/2008
EXP. N°: 221/2007
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz de la Sierra c/ Superintendencia General del Sistema de Regulación Sectorial y Superintendencia de Electricidad.
FECHA: 29 de enero de 2008
VISTOS EN SALA PLENA:La demanda contencioso administrativa planteada de fojas 37 a 43 y subsanada a fojas 54 por el Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz de la Sierra en la que impugna la Resolución Administrativa Nº 1289 de 12 de febrero de 2007 emitida por la Superintendencia General del Sistema de Regulación Sectorial, el informe de la Ministra Tramitadora Beatriz Sandoval de Capobianco; y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada.
Que de la revisión de la documental cursante a fojas 51, se evidencia que la resolución impugnada fue notificada a la entidad demandante el 16 de febrero de 2007 y del cargo sentado a fojas 43 vuelta, que la demanda fue presentada en la Secretaría de Cámara de este Tribunal Supremo el 4 de junio del año en curso; es decir, luego de transcurridos ciento ocho días contados a partir de la indicada diligencia de notificación; por tanto, la demanda en análisis ha sido presentada fuera del plazo fatal establecido por el mencionado artículo 780 del código adjetivo, correspondiendo su rechazo in límine.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada.
No interviene el Presidente, Dr. Héctor Sandoval Parada por encontrarse en cumplimiento de comisión institucional.
Se hace constar que el Ministro Teófilo Tarquino Mújica no suscribe por no haber participado en la resolución del proceso.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Firmado: Jaime Ampuero García
Emilse Ardaya Gutiérrez
Beatriz Sandoval de Capobianco
Julio Ortiz Linares
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
José Luís Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Súarez Calbimonte
Firmado:Sofía L. Fiengo Sotés
AUTO SUPREMO: 24/2008
EXP. N°: 221/2007
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz de la Sierra c/ Superintendencia General del Sistema de Regulación Sectorial y Superintendencia de Electricidad.
FECHA: 29 de enero de 2008
VISTOS EN SALA PLENA:La demanda contencioso administrativa planteada de fojas 37 a 43 y subsanada a fojas 54 por el Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz de la Sierra en la que impugna la Resolución Administrativa Nº 1289 de 12 de febrero de 2007 emitida por la Superintendencia General del Sistema de Regulación Sectorial, el informe de la Ministra Tramitadora Beatriz Sandoval de Capobianco; y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada.
Que de la revisión de la documental cursante a fojas 51, se evidencia que la resolución impugnada fue notificada a la entidad demandante el 16 de febrero de 2007 y del cargo sentado a fojas 43 vuelta, que la demanda fue presentada en la Secretaría de Cámara de este Tribunal Supremo el 4 de junio del año en curso; es decir, luego de transcurridos ciento ocho días contados a partir de la indicada diligencia de notificación; por tanto, la demanda en análisis ha sido presentada fuera del plazo fatal establecido por el mencionado artículo 780 del código adjetivo, correspondiendo su rechazo in límine.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada.
No interviene el Presidente, Dr. Héctor Sandoval Parada por encontrarse en cumplimiento de comisión institucional.
Se hace constar que el Ministro Teófilo Tarquino Mújica no suscribe por no haber participado en la resolución del proceso.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Firmado: Jaime Ampuero García
Emilse Ardaya Gutiérrez
Beatriz Sandoval de Capobianco
Julio Ortiz Linares
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
José Luís Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Súarez Calbimonte
Firmado:Sofía L. Fiengo Sotés