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    Auto Supremo AS/0045/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0045/2008

    Fecha: 19-Ene-2008

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    • AUTO SUPREMO: Nº 45 Sucre, 19 de enero de 2008
    • DISTRITO: Santa Cruz
    • Sucre, 19 de enero de 2008
    • VISTOS: Las solicitudes de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso formuladas
    • Posteriormente, haciendo una relación cronológica de los antecedentes del proceso, señalaron que la etapa investigativa
    • Asimismo, denunciaron que la etapa intermedia duró seis meses y dos días, contados desde la
    • Agregan, que el juicio oral duró tres meses y diez y siete días debido a
    • Respecto de la etapa de los recursos, denuncian que desde la interposición de la apelación
    • En definitiva, alegan que el proceso penal duró más de tres años y considerando que
    • II
    • Del mismo modo, denuncia que la etapa intermedia duró 6 meses y dos días, habiéndose
    • Respecto de la fase del juicio oral, denuncia que duró 3 meses y 17 días
    • Finalmente, denunció que la etapa de los recursos duró 6 meses y 17 días, estando
    • Con estos argumentos, y en base a la prueba adjuntada, solicitó la extinción de la
    • CONSIDERANDO: El Ministerio Público a través del requerimiento de fs
    • Finalmente, requiere en consideración de lo establecido en la SC 101/2004 de 14 de septiembre
    • CONSIDERANDO: Que la extinción de la acción penal, por su naturaleza jurídica, constituye un incidente
    • Consiguientemente, del razonamiento esbozado es lógico inferir que no es suficiente considerar el tiempo transcurrido
    • CONSIDERANDO: Que, de la revisión integral de los antecedentes que informan a la causa, se
    • 2) Asimismo, conforme a la jurisprudencia antes mencionada, se debe considerar la conducta desarrollada por
    • En esa tarea, se advierte que Ernesto Rojas Arauz, Miguel Ángel Pradel Urgiel y Karen
    • Por otro lado, es de destacar en el caso de José Franco Saucedo, que no
    • 3) En otras consideraciones, es pertinente referirse a lo establecido en el Auto Constitucional No
    • En definitiva, del análisis integral del proceso, en base a los parámetros establecidos tanto en
    • En consecuencia, de acuerdo con el criterio del representante del Ministerio Público, corresponde desestimar las
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
    • Regístrese y hágase saber
    • Libro Tomas de Razón 1/2008.

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