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    Auto Supremo AS/0626/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0626/2008

    Fecha: 18-Dic-2008

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    • AUTO SUPREMO Nº 626 - Contencioso Tributario Sucre, 18 de diciembre de 2008
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Primero Administrativo Coactivo Fiscal y
    • En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del
    • Dicho fallo motivó que, Leonardo Chacón Rada en representación de la entidad demandada, interponga recurso
    • b) Infracción por interpretación errónea y aplicación indebida de las Resoluciones Administrativas 05-82-87, 05-100-88, 05-445-91,
    • Asimismo, a la fecha de expedirse la factura depurada (fs
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    • Entonces, con todas las resoluciones que la siguieron, el plazo establecido por la RA
    • b) Por otra parte y con fines distintos, en fecha 20 de diciembre de 1990
    • c) Posteriormente, el 30 de octubre de 1992, se expide la RA
    • Asimismo, esta resolución, en su art
    • En el marco de la reconstrucción anterior no es difícil concluir que la RA
    • Asimismo, la RA
    • Por lo expuesto, la factura 306 expedida por la empresa FABALU de fs
    • Asimismo y siguiendo el razonamiento anterior, no tiene relevancia, a los fines de la depuración
    • Por último, en cuanto a la multa establecida por el juez de primera instancia que
    • Consiguientemente, el tribunal de segundo grado, al confirmar la resolución del a quo, incurrió en
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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