Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0040/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0040/2008

    Fecha: 10-Mar-2008

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • convenio y otros
    • Petrolíferos Fiscales Bolivianos
    • CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso ordinario, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y
    • En grado de apelación deducida por ambas partes del proceso, mediante Auto de Vista de
    • Contra el mencionado auto de vista de 4 de septiembre de 2004, los representes de
    • Por otra parte, denuncia la supuesta inobservancia del art
    • Denuncia igualmente, como cuestión de fondo, la vulneración del art
    • Concluye pidiendo al Tribunal Supremo, de manera confusa e incongruente, que "deliberando en el fondo
    • b
    • Agrega, que procede el recurso de casación por haberse violado las formas esenciales del proceso
    • Como casación en el fondo, acusa la violación del art
    • Que, lo referido lamentablemente, no ha sido cumplido hasta la fecha por el Gobierno ni
    • Agrega que, en el marco legal antes citado, no es necesaria la promulgación de una
    • CONSIDERANDO: Que sintetizados en el considerando precedente los argumentos expuestos por los recurrentes, a objeto
    • Con la aclaración conceptual que precede, examinando los datos del proceso y los recursos planteados,
    • 2
    • En lo que al recurso de casación en el fondo respecta, se advierte que el
    • Por otra parte, la deficiente formulación del recurso que se analiza, se agrava cuando el
    • 3
    • Resolviendo el recurso de casación en el fondo, en que acusa la violación del art
    • Que la Ley Nº 1330 de 24 de abril de 1992, en su art
    • Que el art
    • Por lo expuesto, queda claro que el tribunal ad quem, en el fallo recurrido, que
    • Consiguientemente, corresponde resolver los recursos planteados dando aplicación a la previsión de los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
    • Por estar comprometidos en la presente causa intereses públicos, desde el juzgado de origen, póngase
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Hugo Roberto Suárez Calbimonte
    • Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Proveído : Sucre,10 de marzo de 2008
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca