SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 109/2008
EXP. N°: 211/2007
PROCESO: Juicio de Responsabilidad
PARTES: Acusación formal presentada por el Fiscal General de la República c/ Vladimir Tonchy Marinkovic Uzqueda.
FECHA: 18 de abril de 2008
VISTOS EN SALA PLENA: La excusa formulada por la Ministra Rosario Canedo Justiniano, los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO: Que la Ministra Rosario Canedo Justiniano, formuló excusa solicitando su separación del juicio de privilegio constitucional, al amparo del artículo 316.1) del Código de Procedimiento Penal, por haber intervenido como Ministra integrante de las Salas Penales en la etapa preparatoria del juicio, en ejercicio de la función de control jurisdiccional de la investigación.
Que los jueces comprendidos en alguna de las causales señaladas en el citado artículo 316, están obligados a excusarse mediante resolución fundamentada conforme señala el artículo 318 del Código Procesal Penal; formalidad que ha sido observada por la citada autoridad judicial que en cumplimiento de sus funciones integró las salas penales de este Tribunal Supremo, por tanto, corresponde su separación del proceso por haber intervenido en su fase preparatoria, siendo necesario considerar también, que por expresa previsión del artículo 118-5ª) de la Constitución Política del Estado y el artículo 3º-I de la Ley Nº 2445 de 13 de marzo de 2003, el juicio deberá sustanciarse por las demás salas exceptuando a la penal.
POR TANTO: El Tribunal del Juicio de Responsabilidades de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ACEPTA la excusa de la Ministra Rosario Canedo Justiniano, quedando definitivamente separada del conocimiento del proceso.
Se señala el día 20 de mayo de 2008, a partir de horas 17:00 para dictar auto de apertura de juicio.
No intervienen el Ministro Eddy Walter Fernández Gutiérrez ni los Conjueces Carmen Sonia Villar de Bause, Ramiro Samos Oroza, Edgar Reynaldo Ordoñez Calvimontes y Wilfredo Patiño Soria por licencia justificada.
Regístrese, hágase conocer y cúmplase.
FIRMADO:
MINISTROS: Héctor Sandoval Parada
Emilse Ardaya Gutiérrez
José Luis Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Súarez Calbimonte
CONJUECES: Santiago Berríos Caballero
Daysi Careaga Alurralde
FIRMADO: Sofía L. Fiengo Sotés
AUTO SUPREMO: 109/2008
EXP. N°: 211/2007
PROCESO: Juicio de Responsabilidad
PARTES: Acusación formal presentada por el Fiscal General de la República c/ Vladimir Tonchy Marinkovic Uzqueda.
FECHA: 18 de abril de 2008
VISTOS EN SALA PLENA: La excusa formulada por la Ministra Rosario Canedo Justiniano, los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO: Que la Ministra Rosario Canedo Justiniano, formuló excusa solicitando su separación del juicio de privilegio constitucional, al amparo del artículo 316.1) del Código de Procedimiento Penal, por haber intervenido como Ministra integrante de las Salas Penales en la etapa preparatoria del juicio, en ejercicio de la función de control jurisdiccional de la investigación.
Que los jueces comprendidos en alguna de las causales señaladas en el citado artículo 316, están obligados a excusarse mediante resolución fundamentada conforme señala el artículo 318 del Código Procesal Penal; formalidad que ha sido observada por la citada autoridad judicial que en cumplimiento de sus funciones integró las salas penales de este Tribunal Supremo, por tanto, corresponde su separación del proceso por haber intervenido en su fase preparatoria, siendo necesario considerar también, que por expresa previsión del artículo 118-5ª) de la Constitución Política del Estado y el artículo 3º-I de la Ley Nº 2445 de 13 de marzo de 2003, el juicio deberá sustanciarse por las demás salas exceptuando a la penal.
POR TANTO: El Tribunal del Juicio de Responsabilidades de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ACEPTA la excusa de la Ministra Rosario Canedo Justiniano, quedando definitivamente separada del conocimiento del proceso.
Se señala el día 20 de mayo de 2008, a partir de horas 17:00 para dictar auto de apertura de juicio.
No intervienen el Ministro Eddy Walter Fernández Gutiérrez ni los Conjueces Carmen Sonia Villar de Bause, Ramiro Samos Oroza, Edgar Reynaldo Ordoñez Calvimontes y Wilfredo Patiño Soria por licencia justificada.
Regístrese, hágase conocer y cúmplase.
FIRMADO:
MINISTROS: Héctor Sandoval Parada
Emilse Ardaya Gutiérrez
José Luis Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Súarez Calbimonte
CONJUECES: Santiago Berríos Caballero
Daysi Careaga Alurralde
FIRMADO: Sofía L. Fiengo Sotés