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    Auto Supremo AS/0140/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0140/2008

    Fecha: 28-May-2008

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    • MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
    • CONSIDERANDO I: Tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoria Nº
    • En apelación deducida por la entidad coactivante (Fs
    • La indicada determinación, motivó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Miriam Arispe
    • Por otra parte, alegó la trasgresión de los arts
    • CONSIDERANDO II: Que así formulado el recurso, ingresando a su análisis, previa revisión del expediente,
    • El incidente fue admitido mediante Auto Supremo Nº 117 de 4 de junio de 2003
    • Es menester hacer constar que al haber sido declarada inconstitucional la mencionada Resolución Ministerial, en
    • 2
    • El razonamiento emitido por el Tribunal Constitucional, reconoció que la norma reglamentaria que ostenta el
    • Consiguientemente, al haber sido expulsada del ordenamiento jurídico dicha norma, no puede ser aplicada al
    • Por lo referido, al no haberse desvirtuado la calidad de prueba preconstituida que ostentan los
    • 3
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
    • Sin multa por ser excusable
    • Para resolución, según convocatoria de Fs
    • Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
    • Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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