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    Auto Supremo AS/0205/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0205/2008

    Fecha: 12-Jun-2008

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    • MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría
    • En apelación deducida por la parte coactivada (fs
    • La referida determinación, motivó el recurso de casación de fs
    • Argumenta también que el tribunal de alzada no consideró que en la sesión de 27
    • También ha señalado que no hay ley que mande o prohíba trabajar como Presidenta de
    • Como causales de casación en el fondo, denuncia la violación de los arts
    • Finalmente, después de redundar e insistir en que en el reglamento interno del H
    • CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es
    • 2
    • Consiguientemente, se llega a colegir de que no existe causal de casación en la forma,
    • En consecuencia las denuncias formuladas en el recurso de casación en la forma, no son
    • 3
    • Tampoco existe vulneración a los Arts
    • Por otro lado y a manera de ilustración, es pertinente referirse al erróneo procedimiento que
    • Que, en ese marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
    • Se regula el honorario del profesional abogado, en la suma de Bs
    • Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
    • Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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