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    Auto Supremo AS/0298/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0298/2008

    Fecha: 12-Jun-2008

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    • AUTO SUPREMO Nº 298 - Social Sucre, 12 de junio de 2008
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación, deducida por la entidad demandada, por auto de vista Nº 069/2004
    • Que, contra el referido auto de vista, la demandante interpone recurso de casación o nulidad
    • CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso se
    • a) Que, los contratos de fs
    • b) Que, al fundamento anterior se añade como hecho cierto y evidente que la relación
    • c) Que, estando establecido de manera clara que la relación se tornó indefinida a partir
    • Todas estas circunstancias demuestran que el Tribunal ad quem al revocar la sentencia no ha
    • Finalmente, este Supremo Tribunal, considera imperativo aclarar los alcances de la sentencia, porque dado el
    • Luego, tampoco corresponde el pago de los salarios devengados desde la fecha de la interrupción
    • Por lo relacionado precedentemente queda abierta la competencia de este Tribunal Supremo para resolver el
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Sueldo promedio indemnizable Bs. 1.500
    • Subsidios Familiares
    • Para resolución, según convocatoria de fs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dr. Jaime Ampuero García
    • Sucre, 12 de junio de 2008
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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