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    Auto Supremo AS/0273/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0273/2008

    Fecha: 11-Ago-2008

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    • PARTES: Contraloría General de la República c/ Ramiro Herrera Edgar y otros
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso de referencia, el Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal
    • En apelación deducida por la entidad coactivante a fs
    • A fs
    • Agrega, que en el auto de vista recurrido de casación no se hizo una referencia
    • Por otro lado, aduce que la ley impone al magistrado el deber de motivar su
    • Con estos argumentos y enfatizando que el auto de vista recurrido contiene violación, interpretación errónea
    • CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, a efectos de su resolución corresponde hacer las
    • 2
    • En efecto, las pruebas aportadas al proceso, acreditan que no se concedió vacaciones que por
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    • Al respecto, es menester aclarar que si bien dicha compensación se realizó en aplicación del
    • En consecuencia, partiendo de una interpretación constitucional en el marco de los tratados y convenciones
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    • Sobre el caso particular, el hecho de no haber cancelado los importes liquidados por las
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    • Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
    • Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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