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    Auto Supremo AS/0284/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0284/2008

    Fecha: 25-Ago-2008

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    • PARTES: Transportes Aéreos Bolivianos c/ Camponovo Ulloa Alejandro y otros
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base al Dictamen de Responsabilidad Civil
    • Deducida la apelación por los coactivados, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte
    • Por su parte, Alejandro Camponovo Ulloa anunciando la interposición del recurso de casación en la
    • Por otro lado, José Antonio Pantoja Sotelo dedujo recurso de casación solicitando la anulación de
    • Entretanto, Erwin Greminger Durán a través de su representante legal, a tiempo de interponer su
    • A fs
    • Fernando Sanjinéz Yañez a través de su acción extraordinaria solicitó que se casen las resoluciones
    • CONSIDERANDO II: Que así planteados los recursos de casación, corresponde señalar que no cumplen con
    • Sin embargo, el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial otorga a los tribunales
    • En ese orden y ejercitando la facultad antes mencionada, es pertinente señalar que la norma
    • Consiguientemente, a la luz de lo expuesto, es lógico concluir que el vicio de incongruencia
    • CONSIDERANDO III: Que, bajo estas premisas de la revisión de los antecedentes que informan al
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    • CONSIDERANDO IV: Que, en este contexto, es preciso señalar que el art
    • Del mismo modo, a efectos del cómputo del plazo señalado, deberá tenerse en cuenta que
    • En la especie, revisados los antecedentes de la materia, se llega a verificar que el
    • En consecuencia, habiéndose determinado que el recurso de apelación fue presentado dentro del término previsto
    • En definitiva, es obligación del tribunal de alzada resolver los recursos de apelación sometidos a
    • Por lo expuesto, corresponde aplicar lo previsto en los artículos 252, 271
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
    • Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
    • Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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