Auto Supremo AS/0318/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2009

Fecha: 13-Nov-2009

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 318/2009

EXP. N°: 396/2009

PROCESO: Contencioso Administrativo

PARTES: Caja de Salud CORDES contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

FECHA: 13 de noviembre de 2009.

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa administrativa planteada de fojas 28 a 36 por Guido Glides Ibáñez Sierra en representación de la Caja Petrolera de Salud Cordes, impugnando la Resolución Administrativa N° AGIT-RJ 0124/2009 de 15 de abril de 2009 emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria; el informe del Ministro Tramitador Hugo R. Suárez Calbimonte, y

CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contenciosa administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada, plazo legal de ineludible cumplimiento.

Que de la revisión de la diligencia cursante a fojas 53, se evidencia que la resolución impugnada fue notificada a la entidad demandante el 21 de abril de 2009, habiéndose presentado la presente acción contenciosa administrativa el 21 de julio de 2009 conforme sale del cargo de fojas 37; es decir, luego de noventa y un días y por tanto, fuera del plazo fatal establecido por el artículo 780 del código adjetivo

POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada por extemporánea.

No interviene el doctor Eddy Walter Fernández Gutiérrez por haberse dispuesto su suspensión por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional.

Regístrese.

Firmado

Decana en ejercicio

de la Presidencia: Beatriz Sandoval de Capobianco

Ministros: Julio Ortiz Linares

Rosario Canedo Justiniano

José Luís Baptista Morales

Ángel Irusta Pérez

Hugo R. Suárez Calbimonte

Teófilo Tarquino Mújica

Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
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