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    Auto Supremo AS/0124/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0124/2009

    Fecha: 24-Abr-2009

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • AUTO SUPREMO Nº 124 - Contencioso Tributario Sucre, 24 de abril de 2009
    • CONSIDERANDO I: Que, en conocimiento de la demanda de fs
    • Interpuesto el recurso de apelación de esta Sentencia, por el demandante por su empresa Otedesa,
    • CONSIDERANDO II: Que, el recurso de fs
    • Continuando con la descripción de las operaciones administrativas consiguientes a partir del ingreso al País
    • Continúa refiriendo que al emitirse tanto la Sentencia como el Auto de Vista, no se
    • Concluye esta parte de lo fundamentado alegando que los de instancia no han considerado ni
    • En el petitorio del recurso, solicita la concesión del mismo y la remisión de obrados
    • CONSIDERANDO III: Que, el recurso interpuesto por los abogados y apoderados legales de la Administración
    • Sostiene que, habiendo sido notificado el sujeto pasivo, en 29 de abril de 2002 con
    • Con referencia a la definición del Auto de Vista de reducción de la multa con
    • Argumentando seguidamente que la aplicación del art
    • Continúa sosteniendo que el art
    • Concluye formalizando la interposición del recurso, concretando su petitorio de la casación parcial del Auto
    • CONSIDERANDO IV: Que, del conocimiento y examen de los antecedentes del proceso, con relación al
    • En cambio las pólizas Nos
    • Resultando útil a los fines de entendimiento claro de la oportunidad en la liquidación de
    • De donde resulta no ser evidentes las infracciones acusadas, como tampoco haberse incurrido por los
    • Por lo que, definitivamente, al establecerse la inconsistencia legal y jurídica del recurso en examen,
    • En lo atinente al recurso de fs
    • Si bien los tributos por las pólizas de importación Nos
    • Del recuento anterior resulta que la aplicación del art
    • De donde se llega al convencimiento de que el Tribunal del Alzada, obró dando cumplimiento
    • No siendo, por otra parte, pertinente el referirse a los antecedentes tributarios del sujeto pasivo,
    • No siendo, en consecuencia evidentes las infracciones acusadas en este recurso se hace imperiosa la
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Sucre, 24 de abril de 2009
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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