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    Auto Supremo AS/SN/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/SN/2009

    Fecha: 14-Abr-2009

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • PROCESO: Juicio de Responsabilidades
    • CONSIDERANDO: Que la parte imputada opuso las siguientes excepciones e incidentes bajo los siguientes argumentos
    • Consideró que no ha existido en el presente proceso un antejuicio, empero en base al
    • Enfatizó que la denuncia no interrumpe la prescripción y en cuanto al criterio de la
    • 2
    • Respecto al desarrollo del proceso, expresa que no han existido acciones dilatorias de su parte
    • Hace constar que en la etapa preparatoria ya se planteó una excepción por duración máxima
    • 3
    • b) Sostiene que la acción no fue legalmente promovida, porque conforme a ley, la proposición
    • La Ley 2445, señala que cualquier ciudadano puede presentar proposición acusatoria ante la Fiscalía General
    • c) En el criterio de que los informes de auditoria son los que promueven la
    • Incidentes
    • En la vía incidental y citando el principio de objetividad que rige la actuación fiscal,
    • Por otra parte, refirió que fue notificado con una nota enviada por la Cooperación Belga,
    • CONSIDERANDO: Que el Ministerio Público y la parte querellante solicitaron el rechazo de todas las
    • El Ministerio Público señala que debe efectuarse el cómputo de tiempo teniendo en cuenta que
    • Enfatizó que la Ley de 23 de octubre de 1944 menciona un procedimiento especial para
    • Excepción de extinción de la acción por duración máxima del proceso
    • La Fiscalía expresa que la mención a las auditorias no constituye un nuevo motivo, por
    • 1. Excepción de falta de acción por efecto suspensivo del recurso de amparo constitucional
    • El Ministerio Público hace referencia al artículo 102 de la Ley del Tribunal Constitucional, que
    • 2. Excepción de falta de acción porque la acción no fue legalmente promovida
    • Señala que si bien en la proposición acusatoria se incurrió en un error al mencionar
    • Tampoco puede exigir el cumplimiento de otros presupuestos legales que no existían en el momento
    • Excepción de falta de acción por los informes de auditoría
    • El Ministerio Público señaló que el imputado Tonchy Marinkovic fue notificado con los informes de
    • El Ministerio Público rechazó la denuncia por falta de publicidad del cuaderno de investigación y
    • En cuanto al segundo incidente, sostuvo que la defensa pretende judicializar una prueba que no
    • Concluyó solicitando que en atención a los argumentos expuestos, se rechacen todas las excepciones y
    • Que por su parte, la acusación particular, reiterando algunos aspectos señalados por el representante del
    • Por otra parte, expresó que el imputado durante el proceso asumió una actitud que afectó
    • CONSIDERANDO: Que en la sesión de juicio de 17 de julio de 2008, el Tribunal
    • CONSIDERANDO: Que del análisis de los argumentos de las partes procesales, de la compulsa de
    • Que el artículo 29 del Código de Procedimiento Penal determina los plazos para la prescripción
    • En los delitos que causen alteración del orden constitucional e impidan el ejercicio regular de
    • De manera particular el artículo 29-1) del Código de Procedimiento Penal establece que para los
    • En los casos sujetos a la Ley 2445 de 13 de marzo de 2003, para
    • Efectuadas esas precisiones, en el presente caso, la Sala Civil Primera de la Corte
    • El referido criterio si bien se contrapone al expresado inicialmente por la mayoría de los
    • En ese sentido, este Tribunal siguiendo el entendimiento asumido por el Tribunal de Amparo Constitucional,
    • Que no corresponde computar el plazo comprendido entre el 14 de marzo de 2000 al
    • Ello significa que el término de la prescripción, se reinició desde el 21 de julio
    • La suma de ambos periodos acredita que transcurrió como término de la prescripción 5 años
    • Se deja constancia que bajo los argumentos expuestos precedentemente, resulta innecesario efectuar una compulsa en
    • 2. Excepción de extinción de la acción por duración máxima del proceso
    • De la prueba presentada junto a las excepciones opuestas, se advierte que durante la tramitación
    • Con ese antecedente y teniendo en cuenta que el excepcionista pretende la extinción de la
    • Consecuentemente, de acuerdo a ese entendimiento jurisprudencial, la sola presentación de un recurso tutelar no
    • b) Siguiendo el entendimiento expuesto en el punto 2 del presente considerando, se tiene que
    • c) Con relación a los informes de auditoria, se establece que emitido el informe preliminar
    • Respecto al incidente relativo a la extensión de fotocopias legalizadas requeridas por la defensa, se
    • Por otra parte, respecto a la solicitud de incorporación al proceso de un documento remitido
    • POR TANTO: El Tribunal del Juicio de Responsabilidades, en observancia del artículo 345 del Código
    • El Ministro José Luís Baptista Morales, fue de voto disidente respecto de la excepción de
    • Regístrese, notifíquese y cúmplase
    • Firmado: Presidente Eddy Walter Fernández Gutiérrez, Ministros José Luís Baptista Morales, Ángel Irusta Pérez, Hugo
    • Respecto a la solicitud de aclaración y complementación presentada por Tonchy Marinkovic Uzqueda
    • Respecto al punto quinto, este Tribunal consideró, a tiempo de resolver la excepción de prescripción,
    • Respecto a la solicitud del Ministerio Público
    • Al II
    • POR TANTO: El Tribunal de Juicio de Responsabilidad, en aplicación de los artículos 401 y
    • Se dispone que por Presidencia se emitan las órdenes de ley para la vigencia de
    • Se hace constar que el Ministro José Luís Baptista Morales, mantuvo la disidencia formulada en
    • El presente auto complementario fue leído en audiencia de 15 de abril de 2009.

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